miércoles, 25 de febrero de 2015

NO ME PAGARON LA CASA QUE VENDÍ

NO ME PAGÓ COMPLETO EL PRECIO DE LA CASA QUE LE VENDÍ, VIVE EN ELLA, Y AHORA DICE QUE ES SUYA.


Problema.- Mi hijo me comentó que su amigo Jorge, junto con su familia, no tenía en dónde vivir, y como yo tenía una casa desocupada se las presté porque me aseguraron que sólo era por tres meses, mientras encontraban a dónde cambiarse. A los tres meses, Jorge me dijo que mejor me la compraba, así que por la confianza que había, verbalmente convenimos el precio y la forma de pago, me dio un enganche por el equivalente al 20% del total del precio, y quedamos en que el resto me lo pagaría en tres exhibiciones en los próximos seis meses, sin embargo al llegar las fechas convenidas, se negó a pagarme o a desocupar, ahora me dice que ya me terminó de pagar y que es dueño de la casa, aunque sólo tiene un recibo que le di por el enganche.


Respuesta.- Para tener mayor seguridad en la acción principal que en su oportunidad ejercites de Cumplimiento de Contrato de Compraventa, debes tramitar unos Medios Preparatorios a Juicio Ordinario Civil que como su nombre lo indica, su ejercicio debe ser previo al juicio principal, y su objetivo es, que ante la presencia judicial se le hagan a Jorge una serie de preguntas, relacionadas con la calidad en la cual entró a vivir en tu casa y con qué carácter se ostenta en la actualidad, si de sus respuestas se advierte que acepta haber celebrado contigo el contrato de compraventa que mencionas, tú tendrás la base para promover el juicio en que le demandes el pago de lo que te adeuda.


En el juicio de Cumplimiento de Contrato de Compraventa, debes demostrar ante el juez, que ambas partes celebraron el contrato verbal, sus términos, así como que tú sí hayas cumplido con lo que te correspondía, pues sólo quien sí cumplió tiene el derecho de exigir que el otro cumpla; para demostrar lo anterior, necesitarás presentar a dos testigos a los cuales les consten estos hechos, así como copia certificada de los Medios Preparatorios que ya habrás tramitado, y si tienes, copia del recibo por el enganche que te pagó. Una vez que obtengas sentencia favorable, y ésta se encuentre firme, en ejecución de ella, el juez ordenará que se le embarguen a Jorge, bienes suficientes que garanticen el adeudo y en su oportunidad éstos se puedan vender para que se te pague.


Cabe hacer la aclaración de que tratándose de pago, corresponde en juicio al deudor demostrar que sí pagó, es decir, al interponer la demanda, tienes a tu favor la presunción de que no se et pagó y a él le toca demostrar que sí lo hizo.  


Quedo atenta a tus amables comentarios:


La Abogada del Tribunal.

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