domingo, 25 de octubre de 2015

LA EX ESPOSA DE MI MARIDO NOS QUIERE QUITAR LA CASA QUE NOS VENDIO

LA EX ESPOSA DE MI MARIDO NOS VENDIÓ ANTE NOTARIO PÚBLICO, UNA CASA HACE

MÁS DE 15 AÑOS, NO OBSTANTE QUE EN ESE TIEMPO LE PAGAMOS EL PRECIO QUE

NOS PIDIÓ, AHORA DICE QUE NADA LE PAGAMOS Y QUIERE QUE SE LA DEVOLVAMOS,

AMENAZÁNDONOS CON SOLICITAR ANTE LOS TRIBUNALES LA NULIDAD DE LA

ESCRITURA.

Problema.- Como mi marido se quedó con los niños que procreó con su anterior esposa, ellos siempre vivieron con nosotros, así que ella nos rentó una casa “para que sus hijos tuvieran un lugar decente
donde vivir”, con el paso del tiempo nos ofreció en venta la casa y tardamos dos años en juntar el
dinero; una vez que se lo pagamos, acudimos ante el Notario “de su confianza” y se protocolizó la
compra-venta, así que todos estos años hemos vivido en paz, hasta ahora que se aparece y quiere
sacarnos, primero fue el argumento de que necesitaba su casa y que se la devolviéramos, y cuando le
dijimos que le habíamos pagado el precio, lo negó, alegando que irá ante las autoridades a solicitar la
nulidad. Estamos desesperados porque dado el tiempo transcurrido, no conservamos la ficha del
depósito bancario.

Respuesta.- Ella, como cualquier persona que sienta agredido su patrimonio. tiene la libertad de acudir ante la autoridad correspondiente a hacer valer su derecho, sin embargo, es remota la posibilidad de que obtenga una resolución favorable, porque básicamente tendría que demostrar en juicio que el Notario Público no hubiera seguido alguna de las formalidades que la Ley del Notariado le impone para declarar una escritura nula, como es por ejemplo que él mismo esté impedido para intervenir en el acto, que no esté firmada por todos los que intervinieron, que no esté autorizado el documento con su sello y firma, o que no se haya asegurado de la identidad de los otorgantes.

Otra razón para que la escritura pudiera anularse, es que ella demostrara en juicio, si fuera el caso, que a la hora de acudir a formalizar la venta, su voluntad hubiera estado viciada por lo que se le llama “vicios de la voluntad”, como son el error o sea que hubiera firmado creyendo que era una operación
distinta de la que realmente fue, que sobre ella se hubiera ejercido violencia, o que la actuación en su
contra hubiera sido con dolo o mala fe. Pero te repito, LO TIENE QUE DEMOSTRAR EN JUICIO,
pues no basta invocar en su demanda cualquiera de estas situaciones sino aportar pruebas que influyan en el ánimo del juzgador.

Por parte de ustedes, es difícil que el Juez que conozca del asunto les exija demostrar el pago que
realizaron puesto que no resulta lógico que después de tantos años conserven algún comprobante,
máxime que el Notario dio fe de la verdad de los actos pasados ante él, y la ley considera que los
documentos protocolizados ante un Notario hacen prueba plena en juicio  

Lo anterior encuentra su fundamento legal, en el contenido de los artículos 156, 162 de la Ley del
Notariado, artículo 327 fracción I del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, así
como artículos 1812, 1813, 1815, 1816, 1818, y 1819, del Código Civil para el Distrito Federal.

Quedo atenta a tus amables comentarios.

La Abogada del Tribunal